Cancelación de eliminación

La cancelación de deportación para residentes no permanentes bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952 (INA) § 240A(b)(1), también conocida como cancelación de deportación de residente permanente no legal (no LPR), puede ser una defensa crítica a la deportación para ciertos no ciudadanos que tienen familiares en los Estados Unidos. Cuando a una persona se le otorga la cancelación de remoción que no es LPR, recibirá una tarjeta verde.

La cancelación de deportación se considera una solicitud defensiva, lo que significa que solo está disponible para una persona que se enfrenta a una deportación en un tribunal de inmigración. En otras palabras, una persona no puede solicitar la cancelación de deportación presentando afirmativamente una solicitud a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

Cancelación de la elegibilidad de deportación

Una persona puede ser elegible para que se cancele su remoción bajo la sección 240A(b) de la INA si puede establecer en una audiencia ante un juez de inmigración que:

  • Antes de la entrega de un Aviso de comparecencia, la persona mantuvo una presencia física continua en los Estados Unidos durante diez años o más, y era una persona de buen carácter moral como se define en INA § 101(f) durante dicho período
  • No han sido condenados por ningún delito contemplado en INA § 212(a)(2), INA § 237(a)(2) o INA § 237(a)(3); y
  • Su remoción causaría dificultades excepcionales y extremadamente inusuales a su cónyuge, padre o hijo ciudadano de los Estados Unidos o LPR, y merecen un ejercicio favorable de discreción en su solicitud.

Alternativamente, una persona también podría establecer en una audiencia que:

  • Han sido golpeados o sometidos a crueldad extrema en los Estados Unidos por su cónyuge o padre ciudadano de los Estados Unidos o LPR, o son padres de un hijo de un ciudadano o LPR y el niño ha sido golpeado o sometido a crueldad extrema en los Estados Unidos por el ciudadano o padre LPR
  • Antes de la entrega de un Aviso de comparecencia, la persona mantuvo una presencia física continua en los Estados Unidos durante tres años o más y ha sido una persona de buen carácter moral según se define en INA § 101(f) durante dicho período
  • La persona no es inadmisible según INA § 212(a)(2) o INA § 212(a)(3), no es deportable según INA § 237(a)(1)(G) o INA § 237(a) )(2)-(4), y no han sido condenados por un delito grave con agravantes según se define el término en la INA
  • La expulsión de una persona resultaría en una dificultad extrema para ella o para su hijo que es hijo de un ciudadano de los Estados Unidos o LPR
  • La persona es un niño cuya remoción resultaría en una dificultad extrema para ellos o sus padres; y
  • La persona es merecedora de un ejercicio discrecional favorable sobre su solicitud.

Demostrar que usted es elegible para la cancelación de deportación es su responsabilidad, por lo que una persona debe estar preparada para presentar el caso más sólido posible ante un juez de inmigración. Un abogado experto sabrá cómo ayudarlo a prepararse para este gran momento.

Satisfacer el requisito de residencia de 10 años

Los recibos de alquiler, los resúmenes de tarjetas de crédito y los talones de pago pueden ser formas de evidencia que podrían ayudar a probar que una persona ha vivido en los Estados Unidos durante los últimos diez años. Cuando este tipo de evidencia es difícil de localizar, una persona puede confiar en las declaraciones juradas de amigos y familiares.

Es importante que las personas entiendan que salir del país por más de 90 días o sumar más de 180 días puede afectar negativamente el cálculo de 10 años. Recibir un Aviso de comparecencia también puede detener su reloj de 10 años.

Satisfacer el requisito de familiar calificado

Calificar para la cancelación de remoción bajo INA § 240A(b)(1)(D) significa que un inmigrante indocumentado necesita tener un pariente que sea cónyuge, padre o hijo y ciudadano de los Estados Unidos o LPR. Un niño debe ser soltero y menor de 21 años.

Satisfacer el requisito de dificultad excepcional y extremadamente inusual

Este requisito puede ser uno de los más difíciles de cumplir porque una persona va a necesitar presentar un motivo que vaya más allá de la simple tristeza que pueda sentir un familiar. Tendrá que haber un nivel de necesidad aquí que vaya mucho más allá de eso.

Cuando existe la preocupación de que la atención médica no esté disponible en un país de origen, a menudo eso es suficiente para satisfacer esta carga. Los problemas relacionados con las barreras del idioma o la falta de estructuras de apoyo también pueden ser beneficiosos.

Satisfacer el requisito de buen carácter moral

El buen carácter moral por lo general implica una revisión de antecedentes penales, por lo que las condenas pueden ser perjudiciales. Sin embargo, puede superar las impresiones negativas relacionadas con delitos menores a través del servicio voluntario o solicitudes de empleo estable.

Llámenos hoy para hablar con un abogado de cancelación de deportación de Los Ángeles

¿Está pensando que podría necesitar ayuda para solicitar la cancelación de deportación en California? Querrá trabajar con la oficina legal de Todd Becraft porque nuestra firma tiene una gran experiencia en el manejo de estos casos.

Sabemos lo estresantes y confusas que pueden ser todas las audiencias de inmigración para la mayoría de las personas, por lo que nos tomamos el tiempo para sentarnos y analizar realmente qué esperar. Puede llamar al (213) 388-1821 o contactarnos en línea para concertar una consulta con nuestro abogado de cancelación de deportación de Los Ángeles.